Las personas que soliciten un beneficio previsional, en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, y continúen desarrollando su actividad autónoma, deberán modificar su categoría de revista durante el mes en que realizaron el pedido de la prestación previsional
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miércoles, 23 de marzo de 2011
Recursos de la Seguridad Social. Aportes de trabajadores autónomos. Empleados en relación de dependencia. Límites mínimos y máximos de bases imponibles para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social. Nuevos importes
Se establecen los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos que regirán a partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado marzo de 2011 -con vencimiento en el mes de abril 2011- y siguientes.
Destacamos los importes de las categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
C) Afiliaciones voluntarias
D) Menores de 21 años
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
F) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la ley 24828
Destacamos los importes de las categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
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B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
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C) Afiliaciones voluntarias
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D) Menores de 21 años
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E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
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F) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la ley 24828
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Asimismo, se establecen los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, establecidos por el artículo 9 de la ley 24241 y sus modificaciones, texto sustituido por el artículo 1 de la ley 26222, que se fijan a partir del mes devengado marzo de 2011 en las sumas de $ 427,06 y $ 13.879,25, respectivamente.
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