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jueves, 16 de diciembre de 2010

ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. MARÍTIMOS. SERENOS, CCT 616/2010. HOMOLOGACIÓN. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Se declaran homologados el convenio colectivo de trabajo y su acta complementaria, celebrado entre el Sindicato Único de Serenos de Buques y el Centro de Navegación Asociación Civil.
El presente convenio colectivo de trabajo renueva el CCT 128/1990.
Comprende a todo el personal que deba cumplir funciones de sereno de buque en todos los puertos marítimos del país y en los fluviales abiertos a la navegación de ultramar, quienes deberán contar con libreta habilitante otorgada por la Prefectura Naval Argentina. También se encuentran incluidos los serenos para la vigilancia general de los buques amarrados en puerto, como asimismo para la vigilancia de la carga o mercaderías depositadas en muelles, bodegas y depósitos de puertos marítimos y fluviales abiertos a la navegación de ultramar en todo el ámbito de la República Argentina.
El presente convenio se aplicará a la vigilancia general de los buques amarrados en puerto, como asimismo de la carga o mercaderías depositadas en muelles, bodegas y depósitos de puertos marítimos y fluviales abiertos a la navegación de ultramar en todo el ámbito de la República Argentina.
El plazo de vigencia regirá por el término de 24 meses a partir de la firma del presente, 21 de mayo de 2009



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