| Se otorga un suplemento especial a los beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), equivalente a $ 500, el cual se abonará a los titulares de beneficios cuyo monto fuese de hasta $ 1.500 mensuales. Quienes perciban un haber superior a esta última cifra no gozarán del mencionado suplemento. El citado suplemento será abonado también en la suma de $ 500 a los beneficiarios que posean hasta dos prestaciones, en tanto que ninguna de ellas supere los $ 1.500. Se otorgará por única vez en el mes de diciembre de 2010 y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto. PARA VER TEXTO COMPLETO CLICK AQUÍ |
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viernes, 3 de diciembre de 2010
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. JUBILACIONES Y PENSIONES. SUPLEMENTO ESPECIAL POR ÚNICA VEZ A LOS BENEFICIARIOS DE LAS PRESTACIONES PREVISIONALES
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