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martes, 16 de noviembre de 2010

¿Se puede modificar la fecha de cese de la relación laboral?

La fecha comunicada como de cese de la relación laboral sólo podrá ser modificada hasta las 24 horas, inclusive, del día informado originariamente como de cese de la relación laboral, por una posterior al día en que se efectúa su sustitución.
Fuente: art. 8, RG (AFIP) 1891

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